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IRPF, premio de loteria

Publicado: Lun, 05 Jun 2023, 18:17
por miguel infante
Incluís en la declaración de 2022 un premio de lotería navidad?

o con la retención aplicada al cobro, ya no es necesario que se declare en IRPF?

Re: IRPF, premio de loteria

Publicado: Mié, 07 Jun 2023, 12:37
por Cervantes
Buenos dias.

Te puede valer esta informacion sobre el tema.


https://www.elespanol.com/invertia/mis- ... 357_0.html

Saludos

Re: IRPF, premio de loteria

Publicado: Mié, 07 Jun 2023, 13:15
por miguel infante
Estupendo. Gracias.

Lo que me llama la atención, que al incluir premio y retención, el resultado de la declaración resulta por menor importe a devolver, sin que haya ninguna otra variación patrimonial a contemplar, revisaré ambos borradores para localizar tal incremento.

Saludos,
Miguel Infante

Re: IRPF, premio de loteria

Publicado: Sab, 10 Jun 2023, 15:03
por miguel infante
Finalmente, no lo incluiré en renta, pues me afecta al resultado, subiendo la Bi, que es justo lo que no se puede producir.

Re: IRPF, premio de loteria

Publicado: Sab, 10 Jun 2023, 19:06
por SENCIAYERU
Integrarlo o no el premio de lotería depende de quién ha organizado el sorteo.

Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas: cuantías exentas
Normativa: Disposición adicional trigésima tercera Ley IRPF

Premios
No se integran en la base imponible del IRPF, pero sí están sujetos a dicho impuesto mediante un gravamen especial los siguientes premios:

Los premios obtenidos de las loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado y por los órganos o entidades de las Comunidades Autónomas.

Los premios obtenidos de los sorteos organizados por la Cruz Roja Española.

Los premios obtenidos de las modalidades de juegos autorizadas a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE).

Los premios organizados por organismos públicos o entidades que ejerzan actividades de carácter social o asistencial sin ánimo de lucro establecidos en otros Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y que persigan objetivos idénticos a los de los organismos o entidades antes señalados.

El resto de premios (distintos de los que acabamos de enumerar) se consideran ganancias patrimoniales e integran la base imponible general del IRPF.

Cuantías exentas
En el ejercicio 2021 estarán exentos del gravamen especial los premios cuye importe íntegro sea igual o inferior a 40.000 euros.

Los premios cuyo importe íntegro sea superior a 40.000 euros, se someterán a tributación del gravamen especial respecto de la parte del mismo que exceda de dicho importe.

Esta exención será de aplicación siempre que la cuantía del décimo, fracción, cupón de lotería o de la apuesta efectuada, sea de, al menos, 0,50 euros. En caso de que fuera inferior a 0,50 euros, la cuantía máxima exenta se reducirá de forma proporcional.

En el supuesto de que el premio fuera de titularidad compartida, la cuantía exenta se prorrateará entre los cotitulares en función de la cuota que les corresponda.

Re: IRPF, premio de loteria

Publicado: Jue, 13 Jul 2023, 12:07
por miguel infante
De acuerdo. Gracias SENCIAYERU. Saludos.

Re: IRPF, premio de loteria

Publicado: Mié, 13 Dic 2023, 23:34
por Hirlindi
Hola, entiendo que si resulto ganador en la lotería de Navidad y la suma es menor a 40.000 euros, no tengo que añadir nada, ¿verdad?
Gracias por la información.

¡Felices fiestas a todos!

Un saludo.

Re: IRPF, premio de loteria

Publicado: Jue, 14 Dic 2023, 11:56
por super
Hirlindi escribió:
Hola, entiendo que si resulto ganador en la lotería de Navidad y la suma esmenor a 40.000 euros, no tengo que añadir nada, ¿verdad?

Gracias por la información.

¡Felices fiestas a todos!

Un saludo.

Buenos días.

En relación con la problemática que planteas, le adjunto un comentario en el que, desde Supercontable.com, ya tratamos el asunto. Espero le sea de ayuda.

https://www.supercontable.com/boletin/C ... ecimo.html