Comunidad de Bienes y ¿Ampliacion de Capital? Contabilizar operación
Publicado: Mié, 14 Feb 2024, 20:56
Buenos días.
(Esta es mi primera intervención en el foro)
Se trata de tres hermanos que tienen en propiedad proindiviso una vivienda que están alquilando. El funcionamiento que siguen es el de una Comunidad de Bienes, aunque no están constituídos fiscalmente ni administrativamente como tal. Entre los tres acaban de aportar a la sociedad mobilliario doméstico por valor de 3000€. Sé que lo lógico sería que la CB les reembolsara esta cantidad realizando estos asientos:
216 a 550 (ó 551) por los 3000€ de mobiliario recibidos
y después:
550 a 572 cuando los comuneros recobren ese importe
Pero están de acuerdo en que la CB no les abone cantidad alguna por ello, aunque quieren que este mobiliario figure dentro de los activos de la sociedad para realizar las amortizaciones pertinentes.
a) ¿Es razonable considerarlo como una ampliación de capital y abonarlo a la cuenta 102, (asiento: 216 a 102 por valor de 3000€)?
b) En caso contrario, ¿Cómo reflejar contablemente este hecho?
(Disculpen mi torpeza contable si estoy diciendo un disparate)
Gracias.
pulsar.informaticks
(Esta es mi primera intervención en el foro)
Se trata de tres hermanos que tienen en propiedad proindiviso una vivienda que están alquilando. El funcionamiento que siguen es el de una Comunidad de Bienes, aunque no están constituídos fiscalmente ni administrativamente como tal. Entre los tres acaban de aportar a la sociedad mobilliario doméstico por valor de 3000€. Sé que lo lógico sería que la CB les reembolsara esta cantidad realizando estos asientos:
216 a 550 (ó 551) por los 3000€ de mobiliario recibidos
y después:
550 a 572 cuando los comuneros recobren ese importe
Pero están de acuerdo en que la CB no les abone cantidad alguna por ello, aunque quieren que este mobiliario figure dentro de los activos de la sociedad para realizar las amortizaciones pertinentes.
a) ¿Es razonable considerarlo como una ampliación de capital y abonarlo a la cuenta 102, (asiento: 216 a 102 por valor de 3000€)?
b) En caso contrario, ¿Cómo reflejar contablemente este hecho?
(Disculpen mi torpeza contable si estoy diciendo un disparate)
Gracias.
pulsar.informaticks