Tratamiento del Impuesto a los Débitos y Créditos
Publicado: Sab, 20 Abr 2024, 05:04
Buenas noches, tengo una duda sobre el tratamiento contable que debería darle al impuesto sobre los débitos y créditos en el siguiente caso:
Se constituye una SA el 01/01 y cierra el primer ejercicio irregular el 31/03.
En esos tres meses hizo operaciones bancarias y le cobraron el impuesto a los débitos y créditos, pero no tuvo ganancias en ese período.
Que pasa con ese impuesto? lo puedo contabilizar como crédito y compensarlo en la DDJJ de ganancias del año siguiente? o tiene que ir a Resultado negativo del periodo?
Cuanto tiempo hay para compensarlo?
Se constituye una SA el 01/01 y cierra el primer ejercicio irregular el 31/03.
En esos tres meses hizo operaciones bancarias y le cobraron el impuesto a los débitos y créditos, pero no tuvo ganancias en ese período.
Que pasa con ese impuesto? lo puedo contabilizar como crédito y compensarlo en la DDJJ de ganancias del año siguiente? o tiene que ir a Resultado negativo del periodo?
Cuanto tiempo hay para compensarlo?