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Contabilización de Gastos Personales

Publicado: Mar, 23 Abr 2024, 14:35
por Sergio Esteve
Buenas! Tengo un caso de un empresario autónomo que tengo que llevar por el régimen general pues está excluido del simplificado. Al igual que en muchas sociedades, hace infinidad de pagos de cosas personales con la tarjeta de la empresa. Estos, son gastos que no vuelve a ingresar en el banco evidentemente. ¿Cómo debería de contabilizarlos, a alguna cuenta de gastos no deducibles que no entre en el cálculo del impuesto o algo por el estilo?
Aparte aprovecho para preguntar otra duda ya que no llevo mucho en esto. En el caso de que tenga un año cerrado, pero resulta que haciendo los bancos de enero del año siguiente me llegan facturas del año pasado que no fueron contabilizadas, ¿qué debería de hacer en esa situación?
Gracias un saludo!

Re: Contabilización de Gastos Personales

Publicado: Mar, 23 Abr 2024, 20:29
por Cervantes
Buenas tardes

En el primer caso, como tu bien dices -son cosas personales- entiendo
que son partidas ajenas a la actividad de la sociedad, por lo tanto y
bajo mi punto de vista legal y fiscal esos desembolsos deben volver
al patrimonio de la sociedad.

cuando se produce el gasto

debe 551
haber 572
cuando se reponga el importe

debe 572
haber 551

En el segundo caso, las facturas puedes contabilizarlas en este mismo momento,
fiscalmente en cuanto al iva tienes cuatro años para su aplicación.

Saludos.