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IVA E IRPF EN ARRENDAMIENTO DE SOLAR PARA APARCAMIENTO

FORO destinado a resolver dudas, plantear cuestiones sobre cualquier tema de asesoramiento fiscal y/o laboral que no sea contable, serán resueltas por los expertos de RCR y por los propios usuarios de SuperContable.com.
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LOJACE
Mensajes: 17
Registrado: Vie, 19 Abr 2024, 09:35
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IVA E IRPF EN ARRENDAMIENTO DE SOLAR PARA APARCAMIENTO

Mensaje por LOJACE »

Buenos días
Una persona física que alquilar un solar a un Ayuntamiento que lo va a utilizar para aparcamiento público para los turistas principalmente. Cobra 232 euros al año. Tiene obligación de poner el 21% de IVA, y este alquiler también tiene que aplicar la retención de alquileres.
Gracias y un saludo
Cervantes
Mensajes: 523
Registrado: Sab, 20 Ago 2016, 22:40
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Re: IVA E IRPF EN ARRENDAMIENTO DE SOLAR PARA APARCAMIENTO

Mensaje por Cervantes »

Buenos dias.

Te paso este enlace para que lo valores.

https://www.gestoria.online/tratamiento ... conomicas/

De todas formas, creo que tienes que aplicar el 21% de iva y el ayuntamiento te debe
aplicar retención que corresponda.

Esta es mi opinion.

Saludos.
LOJACE
Mensajes: 17
Registrado: Vie, 19 Abr 2024, 09:35
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Re: IVA E IRPF EN ARRENDAMIENTO DE SOLAR PARA APARCAMIENTO

Mensaje por LOJACE »

Muchas gracias Cervantes, así lo creo yo pero es que lo lleva alquilando desde el 2019 a un ayuntamiento y me lo dice ahora y ni ha pagado IVA ni retención, es 200 euros al año que no es nada, y he leido que si no superaba los 900 euros el alquiler no había que aplicar retención pero IVA SÍ, a ver si encuentro algo más que me aseguro lo de exención de retención si no supera los 900 euros.
Gracias y un saludo
SENCIAYERU
Mensajes: 38
Registrado: Dom, 14 Oct 2018, 18:36
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Re: IVA E IRPF EN ARRENDAMIENTO DE SOLAR PARA APARCAMIENTO

Mensaje por SENCIAYERU »

Real Decreto 439/74
Artículo 75. Rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta
3. No existirá obligación de practicar retención o ingreso a cuenta sobre las rentas siguientes:
g) Los rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos en los siguientes
supuestos:
1º.....
2º Cuando las rentas satisfechas por el arrendario a un mismo arrendador no superen los 900 € anuales
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