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He creado una SL inactiva y no sé si puedo realziar gastos d

Publicado: Mié, 18 Nov 2015, 13:26
por jonafib
Hola,

Soy un chico de 25 años que ha montado una SL para un proyecto deportivo innovador. Debo constituirme como agencia de viajes de forma que la he dejado inactiva para tramitar la petición de agencia de viajes, para lo cual necesito una póliza de caución y una póliza de responsabilidad civil. ¿Puedo pagar estas dos cosas con la cuenta de la empresa? Sé que si quiero facturar y demás tengo que hacerme autónomo y demás, pero no sé si con la SL inactiva puedo ir pagando los gastos de "apertura" de mi negocio.

Muchas gracias!

Re: He creado una SL inactiva y no sé si puedo realziar gast

Publicado: Mié, 18 Nov 2015, 17:50
por Ponteunnickplis
Buenas tardes Jonafib.

Echa un vistazo al artículo 10 y 11 de la ley. Yo entiendo que esos gastos aun estando inactiva serían deducibles en la medida que vayan a estar correlacionados con ingresos futuros. Estos que has detallado no llevan IVA, pero puede ocurrir que otros si y a efectos de este impuesto el artículo 111 de la Ley de IVA establece bajo que circunstancias se puede deducir cuotas satisfechas con anterioridad al inicio de la realización de entrega de bienes y prestación de servicios. No estaría de más que te hicieras un alta censal previo al inicio de actividades presentado el oportuno modelo 036.

Saludos

Re: He creado una SL inactiva y no sé si puedo realziar gast

Publicado: Mié, 18 Nov 2015, 21:29
por elchuske
Para deducirte los gastos tienes que existir, es decir, escritura en registro mercantil y CIF. Si tienes el cif hacienda detecta que hay una sociedad y que esta tiene que tener administrador y que ese administrador tiene que estar en autónomos. Con todo esto ya puedes hacer gastos y deducirtelos aunque de momento no haya empezado actividad. Mírate el modelo 036 y lo comprenderás mejor

Re: He creado una SL inactiva y no sé si puedo realziar gast

Publicado: Mié, 18 Nov 2015, 22:54
por oscarmc64
Buenas, desde la optica del IS, es totalmente factible que pagues con la tesoreria de la sociedad, todos los gastos de los tramites de inscripcion de inicio de actividad de la agencia de viajes. Su deducibilidad, quedara supeditada a su concesion, obviamente.

Re: He creado una SL inactiva y no sé si puedo realziar gast

Publicado: Jue, 19 Nov 2015, 14:42
por jonafib
Hola,

Muchísimas gracias por la respuesta! El caso es que no estoy inscrito en el RETA puesto que todavía no facturo, y yo lo que quiero es, sin estar inscrito en el RETA, comenzar a pagar los primeros gastos relativos a seguros y demás.

Comprendo que puedo hcaer esos gastos sin tener que inscribirme en el RETA?

Gracias de nuevo

Re: He creado una SL inactiva y no sé si puedo realziar gast

Publicado: Jue, 19 Nov 2015, 18:07
por Ponteunnickplis
Buenas tardes.

Lamento discrepar contigo chuske. Por puntualizar nada más. En mi opinión, la existencia o no de una sociedad viene determinada por su inscripción en el Registro Mercantil. Una vez formalizada la escritura de constitución, se puede solicitar un nif provisional, pero en tanto en cuanto la sociedad no esté inscrita, no se puede decir que la sociedad exista y no existen obligaciones fiscales y por supuesto registrales. Una vez inscrita la sociedad tendrá obligaciones fiscales y registrales independientemente de que ejerza una actividad o no. De igual manera, la inscripción de la escritura de disolución, marca el fin de las obligaciones fiscales y registrales posteriores a esa fecha.

Por el hecho de ser administrador de una sociedad no tienes que estar dado de alta en el RETA, sólo cual la sociedad esté dada de alta en una actividad, es cuando el administrador deberá darse de ALTA en el RETA. Existen cientos de empresas inactivas en este país si Seguridad Social pudiese reclamar los autónomos a todas estas sociedades, se reduciría bastante su déficit.

Si la empresa, para el ejercicio de su actividad necesita una licencia previa como es el caso de las agencias de viaje, entiendo que es perfectamente defendible que no se haya de alta en la dicha actividad puesto que no puede ejercerla y por tanto no tenga la obligación de pagar autónomos; pero todos aquellos gastos previos necesarios serán deducibles en la medida que sean necesario para la obtención de ingresos futuros y como bien ha apuntado Oscar, supeditado a que obtenga la licencia, puesto que si finalmente no se obtienen, esos gastos dejarían de ser deducibles.


Saludos (smo).